1. Home
  2. Comunicados
  3. Tercera Consulta Temática del Proceso de Cartagena+40 

Tercera Consulta Temática del Proceso de Cartagena+40 

“Protección en Contextos de Desplazamiento Forzado por Desastres”

Segundo segmento-Fortalecimiento de la protección internacional en los países de acogida

Bogotá, 19-20 de junio de 2024

Es innegable que el desplazamiento climático es una realidad en nuestra región. La emergencia climática ha tenido consecuencias graves sobre la posibilidad de subsistencia en los territorios, y también ha exacerbado dinámicas de violencia, inseguridad y persecución política, obligando a miles de personas a dejar sus hogares.

Si bien, la mayoría del desplazamiento climático ocurre al interior de las fronteras, el fenómeno es cada vez más transnacional. Nuestras organizaciones han acompañado casos de Centroamérica, el Caribe, México y Colombia, y hemos observado con preocupación que la falta de un marco legal y políticas específicas para atender sus necesidades de protección les ha expuesto a violaciones a sus derechos humanos.

Ante la necesidad de emprender acciones más contundentes, desde el Grupo Articulador Regional del Plan de Acción Brasil (GAR PAB) proponemos:

  1. Mejorar la disponibilidad de datos, estadística y gestión del conocimiento sobre el impacto de la emergencia climática en la movilidad humana, de tal manera que sirva para identificar las brechas de protección y se generen políticas basadas en evidencia.
  2. Incrementar el financiamiento a iniciativas de adaptación y acción climática. El desplazamiento puede verse como una medida de adaptación siempre y cuando los Estados garanticen condiciones de permanencia. Además de la acción estatal, las empresas deben considerar el desplazamiento y la emergencia climática en sus procesos de debida diligencia.
  3. Adoptar una interpretación amplia de protección, fortaleciendo los marcos jurídicos existentes. Ya lo ha reconocido el ACNUR, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y está por hacerlo la Corte Interamericana. Hay normas internacionales y regionales que reconocen la protección por desplazamiento climático. El derecho a buscar y recibir asilo debe interpretarse de manera extensa y en sintonía con las realidades actuales, ya sea bajo la Convención sobre el Estatuto de las personas Refugiadas y su Protocolo o la definición ampliada de la Declaración de Cartagena.
  4. Incluir el contexto de emergencia climática en los procesos de determinación del reconocimiento de la condición de persona refugiada. Se deben elaborar lineamientos y programas de profesionalización que faciliten al personal de los sistemas nacionales de asilo robustecer el nexo causal por razón de conflicto por los recursos naturales y que afecte a un determinado grupo social, de identificación cuando la emergencia climática influye en evidencia de temor fundado de persecución, o cuando los efectos del cambio climático afecten el orden público.
  5. Afirmar la aplicabilidad del derecho de no devolución. En episodios de desplazamiento climático, los Estados deben suspender operativos de deportación, rechazo en fronteras y expulsión colectiva.
  6. Robustecer los mecanismos de protección complementaria. Los visados humanitarios resultan insuficientes pues no promueven la integración. Recomendamos establecer corredores de libre movimiento, emitir documentación a grupos en situación de vulnerabilidad, adoptar medidas que permitan a núcleos familiares o sociales reunirse en un lugar seguro y facilitar la residencia permanente. Estas soluciones deberán asegurar, entre otras cosas, acceso a vivienda, trabajo y educación.
  7. Incorporar una perspectiva interseccional en la asistencia humanitaria y acceso a servicios esenciales. Hay grupos mayormente expuestos a la emergencia climática como lo son las poblaciones rurales, pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes, pues sus formas de subsistencia dependen de la gestión del territorio. Asimismo, después de desastres socioambientales, las mujeres son expuestas a violencia sexual, y aumenta su carga de cuidados. Niñas, niños y adolescentes experimentan fragilidad de sus condiciones de vida como violencia y reclutamiento forzado durante eventos del clima.
  8. Implementar la relocalización acorde a estándares internacionales. Los Estados se deben abstener de realizar desalojos forzosos y brindar protección frente a estos. Las iniciativas de relocalización deben contar con la participación de todas las personas afectadas y las comunidades de acogida, así como mantener el nivel de vida previo de estas.

Hacemos un llamado para asegurar la participación significativa de las organizaciones de la sociedad civil y de personas reconocidas como refugiadas en las siguientes etapas del Proceso de Cartagena +40. Sería un grave retroceso que las negociaciones a celebrarse en Ginebra, en los próximos meses, se hagan a puerta cerrada. El Plan de Acción será un instrumento de referencia en la siguiente década por lo que su contenido debe reflejar la diversidad de voces de quienes nos encontramos en la primera línea de atención y de quienes experimentan el desplazamiento.

Alianza Americas, Apoyo a Migrantes Venezolanos, A.C., Asistencia y Orientación para la Movilidad Humana, Asmovilidad A.C., Asociación Centro de Derechos Laborales sin Fronteras de Costa, Asociación civil, Trabajando sin Frontera, Asociación de Nicaragüenses en México, Asociación Salto Angel, Asociación,Venezolana en Campo Grande, ASOVEAM – Associação dos Venezolanos e Refugiados no Estado do Amazonas, CAREF – Comisión Argentina para Personas Refugiadas y Migrantes, Casa Michoacán DuPage, CASM, CDR La Victoria, CEJIL- Mesoamérica, Centro de Apoyo Marista al Migrante- CAMMI A.C., Centro de Estudios en Migración (CEM), Facultad de Derecho, Universidad de los Andes (Colombia), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Centro para la Observación Migratoria y el Desarrollo Social en el Caribe (OBMICA), Coalición por Venezuela, COLEFOM, Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, CONECTA MIGRANTES, Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento – CODHES., Corporación Caribe Afirmativo, Dejusticia, Diálogo Intercultural Mexicano A.C., Dunamis multicultural, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales UNAM, Foro para el Desarrollo Sustentable AC, Fundación Chiapaneca para Mujeres Migrantes A.C, Fundación Étnica Integral(LA FEI), Fundación Ideas para la Paz, Fundación Refugiados Unidos, Hospitalidad y Solidaridad A.C., IMALAB SOCIAL, Carlos José Leon, Independiente, Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (IMUMI), Latinas en Poder, Mulheres Emigrantes Unidas, Odinhasf, Osc. Ação Social Irmandade Sem Fronteiras, Pontificia Universidad Católica del Perú, Programa Casa Refugiados, Programa de Asuntos Migratorios de la Ibero Torreón, Programa de Asuntos Migratorios Ibero CDMX, Red de Migración, Unidos en Brasil, Red Jesuita con Migrantes LAC (RJM-LAC), Rede Sem Fronteiras, Resama – Red Sudamericana para las Migraciones Ambientales, Scalabrini International Migration Network – SIMN, Servicio Jesuita a Refugiados – Colombia, Servicio Jesuita a Refugiados para Latinoamérica y el Caribe, Sin Fronteras IAP, SOVIC- PANAMÁ, UNO DE SIETE MIGRANDO AC, Veneactiva Perú, Venezolanos en Barranquilla, Vozes sem Fronteiras.

Compartir:

SÍGUENOS
Tercera Consulta Temática del Proceso de Cartagena+40 
Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia. Al utilizar este sitio web aceptas nuestra Política de Protección de Datos.
Skip to content